En la actualidad la comunidad educativa está debatiendo el anteproyecto de Ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa.
El anteproyecto de Ley educativa (LOMCE) del ministro Wert parte de una proposición de mejorar la tasa comparativa de alumnos excelentes y la de titulados en Educación Secundaria Obligatoria. Dicha premisa es en sí misma una declaración de intenciones.
La reforma es una modificación parcial y sustancial de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (LOE). Ahora paso a enumerar algunos aspectos que conlleva esta reforma:
1) La fijación de contenidos comunes necesarios. Estableciendo que los contenidos comunes requerirán el 65% de los horarios escolares para las Comunidades Autonómicas con lengua cooficial y el 75% para el resto. En cualquier caso el porcentaje es superior al establecido en la actual LOE.
2) Aumento de la autonomía de los centros educativos pudiendo desarrollar y completar el currículo en las diferentes etapas y ciclos.
3) El alumno accederá al curso o etapa siguiente, siempre que adquiera las competencias requeridas. Solo podrá repetir una vez con un plan específico de refuerzo o recuperación.
4) Los centros educativos realizarán una evaluación a todos los alumnos al finalizar tercer curso de Primaria, en la que se comprobará el grado de adquisición de las competencias básicas en comunicación lingüística y matemática. De resultar desfavorable esta evaluación, el equipo docente deberá adoptar las medidas ordinarias o extraordinarias más adecuadas, que podrán incluir la repetición del tercer curso.
5) Al finalizar sexto curso de educación primaria, se realizará otra prueba de evaluación con carácter orientador e informativo.
6) Los criterios de evaluación serán establecidos por el Gobierno previa consulta a las Comunidades. Las pruebas las realizarán las respectivas Administraciones educativas en el centro educativo y aplicadas y calificadas por especialistas externos al centro. El resultado de la evaluación será plasmado en el informe de cada alumno/a.
7) La etapa de Educación Secundaria Obligatoria mantiene sus ciclos, pero establece cambios sustanciales. El primero tendrá una duración de tres años académicos, y el segundo con “carácter propedéutico” de un año académico, y se organizará en materias.
8) En cuarto curso de ESO se podrá cursar una de las dos opciones, la primera enseñanzas académicas para la iniciación al bachiller o la opción de enseñanzas aplicadas para la iniciación a la Formación Profesional. Los alumnos que opten a enseñanzas aplicadas estudiarán las asignaturas de ciencias aplicadas a la actividad profesional, tecnologías de la información y comunicación y una materia optativa. Todos los centros deberán ofrecer todas las opciones.
9) En el estudio de lenguas extranjeras se priorizará la comprensión y expresión oral. No se utilizará el castellano o la lengua cooficial como apoyo.
10) Se crea un programa de mejora del aprendizaje y rendimiento para los alumnos que repitan al menos un curso en cualquier etapa. Aquellos alumnos que, habiendo cursado tercero de Educación Secundaria Obligatoria, no estén en condiciones de promocionar a cuarto curso, podrán incorporarse a un programa de mejora del aprendizaje y el rendimiento para repetir tercero. A estos programas solo accederán los alumnos con dificultades generalizadas pero el fracaso no puede ser debido a la falta de esfuerzo.
11) Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro, dentro de la etapa, serán adoptadas de forma colegiada por el conjunto de profesores. En los supuestos de alumnos que pasen al curso siguiente con asignaturas pendientes, obligatoriamente seguirán programas de refuerzo y tendrán que superar las pruebas de estos programas.
12) Al final de cada uno de los cursos de Educación Secundaria Obligatoria se entregará a los padres o tutores de cada alumno un consejo orientador, que incluirá el grado de adquisición de las competencias básicas, en el que se propondrá a padres o tutores el itinerario más adecuado a seguir por el alumno y, en su caso, la incorporación a un programa de mejora del aprendizaje y el rendimiento o a un ciclo de Formación Profesional Básica. Este punto implica una reducción de la capacidad del alumnado de decisión sobre lo que quiere hacer, conjuntamente con la de sus padres.
13) Al finalizar el cuarto curso, los alumnos realizarán una prueba. Aquí la LONCE incorpora un punto al menos curioso: los alumnos realizarán la prueba por cualquiera de las dos opciones independientemente de la que cursarán en cuarto de ESO. Los criterios de evaluación los propone el Gobierno y el alumnado está obligado como mínimo a sacar un 5 sobre 10. Las pruebas las realizará la Administración educativa en los distintos centros.
14) En el caso de que el alumno suspenda las pruebas, podrá optar a la próxima convocatoria, previa solicitud.
15) La obtención del título de ESO pasará por haber superado la prueba y el curso con notas superiores a 5 sobre 10. Las notas del curso académico ponderan en un 70% y las de la evaluación final en un 30%.
16) Los alumnos que no superen los requisitos para obtener el título recibirán un certificado con el número de años cursados y el nivel de adquisición de competencias. Solo se podrá acceder a los estudios de Bachiller superando la evaluación final.
17) Al finalizar el bachiller en cualquiera de sus opciones, los estudiantes realizarán una evaluación final. Para acceder a ella, hay que tener superadas todas las materias. Como en los casos anteriores las pruebas las realizará la Administración educativo y como mínimo hay que sacar un 5 sobre 10. En el caso del bachiller la nota media se ponderará en un 60% la superación del curso y en un 40% la nota final.
18) Para el acceso a la universidad, las universidades podrán proponer algún requisito de admisión propio. La nota media de bachiller contará como un 60% para la valoración.
Quisiera saber esto es un curso a distancia? Se puede desde casa? Tengo la eso puedo sacar bachiller? Tengo 25 años