CÓMO HACERSE AUTÓNOMO EN ESPAÑA

Cómo hacerse autónomo en España

Hoy en día, en estos tiempos de crisis donde escasea el trabajo, el cual es cada vez más precario, mucha gente se plantea la posibilidad de convertirse en autónomo para poder hacer frente a la coyuntura económica.
En España siempre ha existido bastante reticencia al hecho de pasar a ostentar esta forma jurídica, ya que la figura del trabajador asalariado parece ser el destino asegurado en cuanto uno finaliza sus estudios o su formación laboral.
Con este texto trataré de resumir los aspectos formales necesarios para poder realizar esta tarea con una guía de referencia sin tener que acudir a una consultora especializada en el tema.

Pueden ser autónomos en España:
• Las personas mayores de edad con libre disposición de sus bienes, ya que la responsabilidad del autónomo es ilimitada.
• Los menores de edad emancipados, con las limitaciones que se establecen en el artículo 323 del Código Civil.
• Los menores de edad y los incapacitados, a través de sus representantes legales.

Los trámites legales necesarios para realizar el proceso se podrían resumir en los siguientes 5 pasos o trámites:

  1. Licencia de apertura y licencia de actividades e instalaciones: es un trámite que se realiza en el ayuntamiento y no todas las actividades lo requieren, si no se va a recibir clientes no sería necesario. Se debe solicitar además el libro de visitas en la oficina de Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social.
  2. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.): es un impuesto que se aplica a la actividad profesional y clasifica las actividades empresariales y profesionales en el denominado “epígrafe de actividad”. Se debe realizar en la Agencia Tributaria.
  3. Alta censal y opción de régimen fiscal: se debe realizar en la Agencia Tributaria, cubriendo el impreso 036 en el que se elige el régimen fiscal y se informa de la actividad a desarrollar.
  4. Inscripción en la Seguridad Social como Régimen Especial de Autónomos: se debe realizar en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), aportando el impreso 036, el DNI y el modelo TA521/1 de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos que puede cumplimentarse allí mismo.
  5. Si se va a tener a trabajadores empleados hay que darse de alta en la patronal y obtener un código de cuenta de cotización. Esto se consigue en la TGSS.

Incluyo además unas páginas web donde podréis realizar cualquier consulta para aclarar dudas a la hora de realizar cualquier trámite:

TGSS:
http://www.seg-social.es/Internet_1/index.htm

AGENCIA TRIBUTARIA:
www.agenciatributaria.es

WEB ESPECIALISTA EN AUTÓNOMOS:
www.serautonomo.net

Ahora que sabes cómo hacerlo no hay excusas para no lanzarse a la aventura…!!!

6 Comentarios

  • Hola!!
    En este post te faltó dar a conocer los distintos tipos de autónomos que hay y sus principales características: trabajadores autónomos, profesionales autónomos, empresarios autónomos. Así como los casos especiales de los autónomos dependientes, los autónomos agrarios y otros tipos de autónomos: familiares, socios de una comunidad de bienes o socios de una cooperativa que coticen como autónomos.
    Un saludo

  • Gracias por tu aportación Marisa.
    Por supuesto existen una gran cantidad de casos específicos, con sus propios requisitos de constitución y sus casuísticas particulares. Quizás pudiera ser buen material para próximos artículos, aunque cualquier aportación que quieras realizar al tema será más que bienvenida.
    Un saludo.

  • si pero lo realmente sorprendente es que todavia hayan autonomos en este pais, y que este gobierno cargue contra ellos el peso de los impuestos, y la carga fiscal enterita junto a los ciudadanos,

    las grandes empresas, los bancos y los politicos se van de rositas. como siempre. por no hablar de la amnistia fiscal donde los defraudadores se lo pasan pipa para pagar un 10% y yo tengo que pagar un 35% y responder con todos mis bienes actuales y futuros, hasta que me muera, POLITICOS HIJOS DE PUTA

    • Hola Ramón.
      Es cierto que existe un gran desequilibrio entre los distintos tipos de figuras jurídicas en España, y quizás deberían revisarse o modificarse en pos de beneficiar a los ciudadanos emprendedores, que son uno de los principales motores económicos de este país.
      Un saludo.

  • Además, en el caso de que se alquile una oficina, será preciso disponer el certificado energético de la misma.

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