EL CONCURSO DE ACREEDORES

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Este es un término que seguramente habrás oído hasta la saciedad en los medios de comunicación en los últimos meses.

Lamentablemente, se ha puesto de moda motivado por la actual situación económica. Y es lo que constituye nuestro tema de hoy.

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Puede que te suene a algo relacionado con el mundo de la empresa, deudas, acreedores, etc.

Y no vas mal encaminado.

Pero, ya que estamos, vamos a aclarar tus dudas al respecto.

 

El Concurso de Acreedores constituye una opción a la que acudir cuando la falta de financiación ahoga a las empresas y los acreedores se acumulan.

Su propósito es ganar tiempo y demorar un posible embargo.

En España se encuentra regulado a través de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

 

Analizamos sus entresijos.

 

¿Qué es un Concurso de Acreedores?

Consiste en un procedimiento judicial cuya solicitud resulta obligada para todo aquel deudor (ya sea persona física o jurídica) que se encuentre en estado de insolvencia.

Son dos, por tanto, los presupuestos necesarios:

1)  Subjetivo

La declaración de concurso procederá respecto de cualquier deudor, sea persona natural o jurídica.

2)  Objetivo

La declaración de concurso procederá cuando se dé una situación de insolvencia del deudor.

 

La Ley Concursal determina quien se encuentra en situación de insolvencia:

“El deudor que no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles”.

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Con el concurso de acreedores se persigue organizar las fianzas del concursado con la finalidad de satisfacer el mayor número de créditos al mayor número de acreedores.

Este fin puede alcanzarse a través de dos vías:

  • – Mediante convenio o acuerdo entre el propio deudor y sus acreedores

En él se pactará la reducción y/o aplazamiento de los créditos.

  • – Mediante liquidación

Es decir, del producto obtenido mediante la enajenación de los bienes del deudor concursado.

 

¿Quién puede solicitarlo?

Pueden solicitar el concurso tanto las empresas como los particulares, aunque lo más habitual es sean las primeras las que mayoritariamente lo hagan.

Existen dos tipos de concurso:

  • Voluntario, que lo solicita el empresario
  • Forzoso, que lo solicita el acreedor

 

En cualquier caso, para solicitar una declaración de concurso, es necesario justificar el estado de insolvencia o endeudamiento ante un juez de lo Mercantil, que es el competente para declararlo y tramitarlo.

 

La pregunta aquí es obvia:

¿Cómo saber si una empresa puede estar en situación de presentar concurso?

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No existe una única respuesta o unos supuestos tasados. Se detecta a través de hechos significativos como, por ejemplo, no poder atender a un segundo mes de nóminas, a las obligaciones tributarias, cuotas de la Seguridad Social, cuotas con entidades bancarias, etc.

Un procedimiento que puede facilitarnos esta tarea consiste en llevar a cabo una Due Diligence.

 

 

¿Qué plazo existe para solicitar el concurso?

La Ley otorga un plazo tasado de dos meses para presentar un concurso de acreedores desde el momento en que no pueden atenderse regularmente los pagos.

Este plazo se concede tanto para negociar con los acreedores, como para liquidar la compañía.

La solicitud de declaración de concurso deberá presentarse ante el Juzgado de lo Mercantil del domicilio social.

 

En caso de no presentar el concurso dentro de ese plazo de dos meses, el administrador o administradores pueden ser declarados responsables de forma personal.

En caso de encontrarse en negociaciones con los acreedores para intentar llegar a un acuerdo de pago, la Ley prevé un mecanismo especial para interrumpir el cómputo del plazo.

Para ello, se debe presentar un escrito ante el Juzgado explicando tal circunstancia.

 

Fases del procedimiento

Las fases del concurso se describen en el artículo 183 de la Ley Concursal, que divide el procedimiento en seis secciones:

1)  Declaración de concurso, con adopción, en su caso, de medidas cautelares

2)  Administración concursal, nombramiento de administradores y rendición de cuentas

3)  Determinación de la masa activa, con la relación de los bienes y derechos que la integran. En esta masa se incluyen también los créditos necesarios para la actividad, y deben ser liquidados prioritariamente

4)  Determinación de la masa pasiva (créditos contra el deudor), con la comunicación, reconocimiento, graduación y clasificación de créditos

5)  Convenio o, en su caso, liquidación

6)  Calificación y efectos del concurso

 

Duración del concurso

Varía en función de si el concurso es voluntario o forzoso. También hay que tener en cuenta lo saturado que pueda estar el Juzgado.

Por todo ello, su duración puede ir de alrededor de los 6 meses hasta más de 4 años.

 

Conclusión del concurso

La Ley regula las causas por las cuales concluye el concurso. Son las siguientes:

  • – Porque la apertura no se ajustó a derecho (revocación del auto de declaración de concurso)
  • – Porque el procedimiento alcanzó su finalidad (cumplimiento del convenio, íntegra satisfacción de todos los acreedores)
  • – Por su frustración del objeto (inexistencia de bienes y derechos con los que satisfacer a los acreedores)
  • – Por el ejercicio del derecho de disposición de las partes sobre el procedimiento (desistimiento o renuncia de la totalidad de los acreedores)

 

Ventajas e inconvenientes

Ventajas

–  Al deudor le permite negociar su deuda a través de un convenio con los acreedores

–  Aunque es al concursado a quien le corresponde hacerse cargo de la deuda, se retrasa en el tiempo su pago que, en el caso de los créditos, el pago se puede demorar hasta cinco años y se suspenden los intereses generados por los préstamos

–  Una vez declarado el concurso, ningún acreedor puede iniciar ejecuciones judiciales, extrajudiciales ni apremios administrativos o tributarios sobre los bienes del concursado

–  Además, las demandas interpuestas por los acreedores contra la empresa se paralizan

–  Durante el proceso, la plantilla cobra del Fondo de Garantía Salarial

–  No supone la desaparición de la empresa. Es más, el concurso de acreedores está pensado para permitir su continuidad, por ejemplo, a través de la venta ordenada de activos

 

Desventajas

–  Es un procedimiento complejo, largo y costoso

–  La declaración de concurso puede limitar las facultades patrimoniales del concursado a través de la intervención de los administradores concursales

–  El plazo máximo para saldar las deudas es de cinco años, lo que, en algunos casos, puede resultar escaso

–  El coste del administrador concursal se repercute al deudor

 

Esperamos que la lectura te haya sido instructiva.

 

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