En los tiempos actuales que corren, caracterizados por una gran dificultad de acceso a la financiación y por una contracción del consumo, la franquicia ha demostrado ser una puerta a nuevas oportunidades, así como una de las formas de emprendimiento más atractivas y menos arriesgadas.
Prueba de ello es que, incluso en situaciones económicamente adversas, se han creado más de 3.000 nuevas unidades al año.
Una opción a tener en cuenta.
En el post de hoy, te damos a conocer un poco más sobre esta figura.
Empezamos con un poco de teoría…
La RAE define la franquicia como:
Concesión de derechos de explotación de un producto, actividad o nombre comercial, otorgada por una empresa a una o varias personas en una zona determinada.
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Dicho más técnicamente:
Consiste en un tipo de contrato mercantil entre dos empresarios independientes (franquiciador y franquiciado), por el cual el primero le cede al segundo el derecho a explotar en exclusiva, en un mercado y por un plazo de tiempo, un modelo de negocio, utilizando su marca para distribuir sus bienes o servicios, bajo unas directrices, y a cambio de una serie de prestaciones económicas.
Hay varios elementos importantes que componen la franquicia.
Por parte del franquiciador
Es quien crea un negocio que funciona y cede al franquiciado su:
- – Marca comercial o denominación social
- – Imagen
- – Know-How
- – Producto
- – Etc.
Recibiendo un beneficio por la cesión de esa explotación.
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Por parte del franquiciado
Es quien crea el nuevo negocio y lo gestiona, haciendo uso de los elementos anteriormente citados y cuya explotación le ha sido cedida a cambio de unas contraprestaciones económicas (canon, royalties, etc.).
Por tanto, es importante tener clara una cuestión: que una franquicia no es un negocio independiente.
En una franquicia, al franquiciador le corresponde la dirección estratégica de la marca, mientras que al franquiciado le corresponde la dirección operativa.
El franquiciado adquiere la posibilidad de dirigir un negocio basado en los métodos operativos y de funcionamiento marcados por el franquiciador, dirigidos a asegurar que todos los productos y servicios que el franquiciado ofrece se ajusten a unos estándares.
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Estos métodos operativos evitan que el franquiciado tenga la necesidad (y el gasto de tiempo y recursos) de elaborar un plan estratégico.
Desde un principio dispone de una logística, plan de Marketing, imagen de marca, promoción, asesoramiento, formación, suministros, etc.
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En definitiva, el emprendedor entiende que, con la marca y las normas de una empresa consolidada, tiene mayor probabilidad de éxito en el mercado.
Del contrato de franquicia surgen una serie de obligaciones para ambos, recogidas en el Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el Ejercicio de la Actividad Comercial en Régimen de Franquicia y la Comunicación de Datos al Registro de Franquiciadores.
Para el franquiciador:
- – Debe estar inscrito en el Registro de Franquiciadores
- – Debe facilitar al futuro franquiciado, 20 días antes de la firma del contrato, toda la información necesaria en relación con la franquicia (datos del franquiciador, descripción del sector de actividad, contenido y características de la franquicia, experiencia de la empresa franquiciadora, estructura y extensión de la red y elementos esenciales del acuerdo)
- – Incorporar nuevos productos, mejorando los existentes y permitiendo que el franquiciador haga uso de los derechos de propiedad industrial e intelectual sobre los mismos
- – Facilitar en tiempo la mercancía al franquiciado
- – Formar y prestar asistencia técnica continua al franquiciado
- – Establecer los precios de manera que se asegure la rentabilidad y estabilidad del negocio
- – Controlar los stocks y la calidad de los productos
- – Respetar las cláusulas de exclusividad
Para el franquiciado:
- – Pagar el canon establecido
- – Respetar las instrucciones recibidas en materia de precios, calidad, imagen, prestigio, etc.
- – Aplicar el sistema comercial señalado por el franquiciador
- – Permitir los controles de calidad y financieros del franquiciador
- – Usar los signos distintivos, know-how y los derechos de propiedad intelectual cedidos por el franquiciador exclusivamente para la explotación de la franquicia
- – Mantener la confidencialidad de toda la información precontractual que reciba o vaya a recibir
- – Respetar los pactos de exclusiva
- – No ceder a un tercero los derechos y obligaciones que resulten del acuerdo, salvo consentimiento del franquiciador
Clases de franquicia
Existen dos tipos de franquicia:
- – Franquicia de producto o marca comercial
En su forma más simple, el franquiciador es dueño de los derechos de un nombre o marca comercial y vende estos derechos al franquiciado.
- – Franquicia de formato de negocio
Es una figura más compleja que la anterior e implica una relación más amplia entre las dos partes. En este modelo se provee un amplio rango de servicios: selección de la ubicación, entrenamiento, suministro de productos, planes de marketing e incluso asistencia para obtener financiamiento.
Hasta aquí, como has podido comprobar, hemos analizado, en líneas generales, la figura de la franquicia.
Si tienes pensado poner en marcha tu proyecto empresarial y una de las opciones que has barajado es esta, te ofrecemos en la segunda parte de este post, algunas de las principales ventajas e inconvenientes que presenta.
Te esperamos en :
La Franquicia como Recurso para Emprender (II): ventajas e inconvenientes